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Si tu importación supera US$ 2,000 FOB, necesitas un agente de aduana. Elegirlo bien y entender cuándo se numera la DAM (anticipado, urgente o diferido) define tus plazos y tus costos.
Objetivo: Decide si necesitas agente de aduana y qué modalidad de despacho te corresponde, y compara agentes por costo total y no solo por honorario.
El agente de aduana es un profesional, o una agencia de aduana, autorizado por la SUNAT para tramitar despachos en nombre de otros. Si el valor FOB de tu importación supera US$ 2,000, la SUNAT exige que el trámite se haga con una agencia de aduanas. Hasta ese monto no es obligatorio, y para envíos pequeños existen trámites simplificados (tema 2-3).
El agente revisa tus documentos, confirma la partida y el valor, calcula los tributos, prepara y transmite la DAM con los archivos digitalizados, te avisa el canal asignado, gestiona el pago y coordina el retiro con el depósito. Actúa por encargo tuyo, mediante un mandato. La deuda tributaria aduanera sigue siendo tuya como dueño de la mercancía, y tú debes darle información veraz: un agente no corrige un documento falso.
Para elegir, pide cotizaciones por escrito que separen honorarios y gastos de terceros (almacén, tributos, transporte). Verifica que el agente esté autorizado y vigente en la SUNAT. Pregunta por su experiencia con tu tipo de mercancía y por sus tiempos de despacho. Desconfía de las tarifas muy bajas que luego se llenan de cobros extra, y exige comprobante de cada pago hecho a terceros.
La modalidad de despacho indica cuándo se numera la DAM respecto de la llegada del medio de transporte. En el despacho anticipado se numera antes de la llegada. En el urgente, antes de la llegada y hasta siete días calendario después del término de la descarga. En el diferido, después de la llegada. El procedimiento vigente hace obligatorio el anticipado, salvo excepciones como un valor FOB de hasta US$ 2,000, la mercancía restringida o el despacho urgente.
En el diferido, si pasan 15 días calendario desde el término de la descarga sin numerar la DAM, la mercancía cae en abandono legal. Ya numerada la DAM, hay 30 días calendario para concluir el despacho; si no, también cae en abandono legal. El anticipado exige tener los documentos listos antes de que llegue la carga, pero permite un levante rápido: dentro de las 48 horas posteriores a la descarga, si cumples los requisitos. Con garantía previa, el pago de la deuda en el anticipado vence el día 20 del mes siguiente al término de la descarga; sin garantía, se paga antes.
| Modalidad | Cuándo se numera la DAM | Cuándo se usa | Qué debes cuidar |
|---|---|---|---|
| Anticipado | Antes de la llegada del medio de transporte | Es la regla: obligatoria salvo excepciones | Documentos listos antes de que llegue la carga |
| Urgente | Antes de la llegada y hasta 7 días calendario después del término de la descarga | Envíos de urgencia o socorro, como medicamentos, animales vivos, carga peligrosa o granel | Solo sirve para los supuestos que el procedimiento permite |
| Diferido | Después de la llegada | Casos exceptuados del anticipado, como valor FOB de hasta US$ 2,000 o mercancía restringida | 15 días calendario desde el término de la descarga para numerar la DAM; luego, 30 días para concluir el despacho |
Resultado: El agente B parecía más barato (US$ 180 frente a US$ 230), pero con dos días más de almacenaje cuesta US$ 270. Comparar solo el honorario habría costado US$ 40 más.
08/05/2026
El 08/05/2026 la SUNAT publicó la Resolución 079-2026, que modifica el procedimiento de importación para el consumo (DESPA-PG.01, versión 8) y rige desde el 09/05/2026. Precisó que en los despachos parciales de un mismo documento de transporte solo se exceptúa del anticipado si el primer envío fue anticipado y cada envío posterior se numera dentro de las 24 horas. Agregó un supuesto para descargas parciales en un segundo puerto por caso fortuito, fuerza mayor o congestión portuaria.
Las excepciones al despacho anticipado cambian: confirma con tu agente cuáles están vigentes antes de elegir la modalidad.
Fuente: SUNAT – Control de cambios del DESPA-PG.01: RS 079-2026/SUNAT
31/08/2020
La versión 8 del procedimiento DESPA-PG.01, vigente desde el 31/08/2020 y actualizada después, establece en su sección VI.D.3 que la modalidad de despacho anticipado es obligatoria, salvo una lista de excepciones. Entre ellas figuran la mercancía con valor FOB de hasta US$ 2,000, el despacho urgente, la mercancía restringida y los vehículos usados. Para un importador nuevo, esto significa que el despacho diferido no es la opción por defecto.
Planifica tus documentos para numerar la DAM antes de que llegue la carga, salvo que tu caso esté en la lista de excepciones.
Fuente: SUNAT – Procedimiento DESPA-PG.01 Importación para el consumo, sección VI.D
2026
En su guía en línea «Asistente Aduanero», consultada en octubre de 2026, la SUNAT indica que para importar con valor FOB mayor a US$ 2,000 es obligatoria la asistencia de una agencia de aduanas. La guía pide como documentos básicos un documento de transporte y un comprobante de pago, como la factura o el contrato; según el caso se agregan seguro, documento de control y certificado de origen. El umbral define si puedes tramitar por tu cuenta o necesitas agente.
Calcula el valor FOB de tu pedido antes de comprar: si supera US$ 2,000, incluye los honorarios del agente en tu costo.
Fuente: SUNAT – Asistente Aduanero: Ingresar mercancía con valor FOB mayor a US$ 2,000
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