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2.3 Courier y envíos pequeños

Para muestras, repuestos y lotes pequeños, el courier lleva la mercancía puerta a puerta. Aprende las categorías de la SUNAT, los tributos de cada una y cuándo conviene pasar a la importación regular.

Módulo 2: El transporte de tu importación · Revisado el 20/10/2026 · English

Objetivo: Clasifica un envío por courier en su categoría y calcula el Ad Valorem, el IGV/IPM y el costo total puesto.

El courier es un servicio de mensajería internacional puerta a puerta: recoge el envío en origen, lo trae en avión y lo entrega en tu dirección. Sirve para muestras, repuestos urgentes, lotes pequeños y compras por internet. La SUNAT lo llama envíos de entrega rápida: la empresa de entrega rápida (courier) hace el despacho por ti con una declaración simplificada (DSEER).

El régimen clasifica los envíos en cuatro categorías. La categoría 1 es correspondencia y documentos sin fines comerciales. La categoría 2 llega hasta US$ 200 de valor FOB y no paga tributos. La categoría 3 va de más de US$ 200 hasta US$ 2,000. Los demás casos son categoría 4: el courier no los despacha y van por otro régimen, con agente de aduana. El valor FOB es el precio de la mercancía puesta a bordo en origen, sin flete ni seguro.

En la categoría 3 pagas Ad Valorem de 4% sobre el valor CIF (mercancía, flete y seguro) e IGV más IPM de 18% sobre el CIF más el Ad Valorem. El pago es en soles. El envío sale por canal verde (sin revisión) o canal rojo (reconocimiento físico). Los bienes prohibidos no ingresan y los restringidos exigen su permiso, también por courier.

Si compras como persona natural con DNI, la SUNAT limita los envíos: hasta 3 al año de máximo US$ 1,000 cada uno, o 1 al año entre US$ 1,000 y US$ 2,000. Si superas ese tope o la mercancía es para vender, necesitas un RUC activo y habido (que la SUNAT ubique tu domicilio fiscal). Si importas para tu negocio, usa tu RUC desde el primer envío: queda a tu nombre y puedes sustentar el costo.

El flete del courier se cobra por peso, en tramos pequeños (por ejemplo, cada 0.5 kg), y también usa el peso volumétrico. Muchos couriers dividen entre 5,000 y no entre 6,000: largo × ancho × alto en cm ÷ 5,000. Por kilo es más caro que la carga aérea, pero te ahorra agente de aduana, almacenaje y coordinación. Cuando el volumen crece, compara con la carga aérea o marítima.

Pide al proveedor una factura comercial con descripción clara, cantidad y valor real: un valor menor al verdadero puede ser sancionado. Si el envío queda retenido por falta de datos o de un permiso, el almacén cobra por los días de espera. Para pedidos grandes o recurrentes, la importación regular se ve en el módulo 3 y el costo de cada vía, en el módulo 4.

Ideas clave

CategoríaQué incluyeTributos
1Correspondencia, documentos y publicaciones periódicas sin fines comercialesExonerados de tributos
2Envíos de hasta US$ 200 de valor FOBSin tributos en condiciones normales
3Envíos de más de US$ 200 hasta US$ 2,000 de valor FOBAd Valorem de 4% sobre el CIF e IGV/IPM de 18% sobre el CIF más el Ad Valorem
4Demás casos: superan US$ 2,000 o no encajan en las categorías 1 a 3No los despacha el courier; van por otro régimen aduanero

Ejemplo resuelto

Tecno Hogar compara courier e importación regular
  1. Tecno Hogar S.A.C. (Lima) compra 25 lámparas inteligentes a un proveedor de Shenzhen: US$ 650.00 en valor FOB y 12 kg. Quiere saber si le conviene courier o carga aérea con agente de aduana.
  2. Clasifica el envío: US$ 650.00 es más de US$ 200 y menos de US$ 2,000, así que es categoría 3. Antes de comprar confirma que las lámparas no sean mercancía restringida (tema 1-2 del módulo 1).
  3. El courier cobra US$ 95.00 de flete puerta a puerta y US$ 5.00 de seguro. Valor CIF = 650.00 + 95.00 + 5.00 = US$ 750.00.
  4. Tributos por courier: Ad Valorem 4% × 750.00 = US$ 30.00. Base del IGV/IPM = 750.00 + 30.00 = 780.00. IGV/IPM 18% × 780.00 = US$ 140.40. Total de tributos: US$ 170.40, que equivale a S/ 587.88 con un tipo de cambio supuesto de S/ 3.45.
  5. Costo por courier = CIF + tributos = 750.00 + 170.40 = US$ 920.40, sin contar el reparto local.
  6. Alternativa: carga aérea con DAM. Supón el mismo CIF de US$ 750.00 y una partida con Ad Valorem de 6%. Ad Valorem = 45.00. IGV/IPM = 18% × 795.00 = 143.10. Tributos: US$ 188.10. Además pagaría la percepción del IGV, que es un anticipo.
  7. Compara: los tributos por courier son 188.10 − 170.40 = US$ 17.70 menores. Si el agente de aduana y el almacenaje cuestan US$ 150.00 más, la ventaja del courier es 17.70 + 150.00 = US$ 167.70.
  8. Prueba el caso contrario: con Ad Valorem de 0% en la importación regular, el IGV/IPM sería 18% × 750.00 = US$ 135.00. Los tributos serían 170.40 − 135.00 = US$ 35.40 menores que en courier, pero el costo fijo de US$ 150.00 sigue favoreciendo al courier por US$ 114.60.

Resultado: Para este envío gana el courier, con un costo de US$ 920.40 y menos trámites. A medida que el valor se acerque a US$ 2,000 o el Ad Valorem de la partida sea bajo, vuelve a comparar con la importación regular.

Casos reales

El procedimiento DESPA-PG.28 fija las categorías del courier

30/11/2020

La SUNAT aprobó la versión 3 del procedimiento DESPA-PG.28 de envíos de entrega rápida mediante la Resolución 184-2020, del 21/10/2020, vigente desde el 30/11/2020. Define cuatro categorías de ingreso: documentos sin fines comerciales, hasta US$ 200, de más de US$ 200 hasta US$ 2,000 y demás casos. Las categorías 1 y 2 están inafectas a derechos arancelarios e IGV en condiciones normales y la categoría 3 paga tributos. El procedimiento no fija un peso máximo.

Antes de comprar por courier, ubica tu envío en una categoría por su valor FOB y verifica si pagará tributos.

Fuente: SUNAT – Procedimiento DESPA-PG.28 Envíos de entrega rápida

Categoría 3: Ad Valorem de 4% e IGV/IPM de 18%, pagados en soles

2026

El Asistente Aduanero de la SUNAT explica que los envíos de más de US$ 200 y hasta US$ 2,000 pagan Ad Valorem de 4% sobre el CIF e IGV/IPM de 18% sobre el CIF más el Ad Valorem. El pago se hace en soles al tipo de cambio venta del día. La empresa de entrega rápida numera la DSEER y el envío pasa por canal verde o rojo. La categoría 4 no puede ser despachada por el courier.

Calcula el Ad Valorem sobre el CIF, no sobre el FOB, y suma el flete y el seguro antes de estimar tus tributos.

Fuente: SUNAT – Asistente Aduanero: Envíos de entrega rápida – Courier (FOB hasta US$ 2000)

Personas naturales: tope anual de envíos por courier

2026

Según el Asistente Aduanero de la SUNAT, una persona natural identificada con DNI, PTP, carné de extranjería o salvoconducto puede hacer hasta 3 importaciones al año de máximo US$ 1,000 cada una, o 1 al año entre US$ 1,000 y US$ 2,000. Si supera ese tope, o si los bienes tienen fines comerciales, necesita un RUC activo y habido. Quien importa para vender no puede depender de su DNI.

Si importas para tu negocio, tramita tus envíos con RUC desde el primero.

Fuente: SUNAT – Asistente Aduanero: Envíos de entrega rápida – Courier (FOB hasta US$ 2000)

Errores comunes

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