Inicio / Importaciones / Módulo 1
No todo lo que un proveedor vende se puede importar al Perú. Aprende a distinguir lo prohibido de lo restringido y a revisar permisos antes de pagar un anticipo.
Objetivo: Distingue mercancía prohibida de restringida, identifica la entidad que controla un producto y ordena la revisión previa al anticipo.
Pagar los tributos no basta para que una mercancía entre al país. La SUNAT separa dos grupos. Una mercancía prohibida es la que, por mandato legal, no puede ingresar al territorio nacional. Una mercancía restringida sí puede ingresar, pero necesita la aprobación previa de una o más entidades del Estado antes de someterse a un régimen aduanero, que es la modalidad bajo la cual entra la mercancía, por ejemplo la importación para el consumo.
Qué entidad autoriza depende del producto. Por ejemplo, el SENASA controla plantas, animales y productos agropecuarios. La DIGEMID, medicamentos, dispositivos médicos y cosméticos. La DIGESA, alimentos y bebidas procesados. El MTC, equipos de telecomunicaciones. La SUCAMEC, armas, municiones y explosivos. La SUNAT publica un cuadro de entidades que emiten documentos de control, y muchos permisos se tramitan por la VUCE, la Ventanilla Única de Comercio Exterior del MINCETUR.
Para lo prohibido, la SUNAT publica una lista por subpartida nacional (el código de 10 dígitos de cada producto), con la norma que sustenta cada prohibición. Ahí figuran, entre otros, ropa y calzado usados (Ley N° 28514), productos con amianto de tipo anfíbol, tiburón y raya, y productos con colistina. La lista cambia cuando se publica una norma nueva, así que no la copies de memoria: consúltala cada vez, y verifica también si la prohibición depende de la composición del producto.
Haz esta revisión antes de pagar al proveedor. Primero, identifica la subpartida nacional del producto. Segundo, búscala en la lista de mercancías prohibidas. Tercero, revisa en el cuadro de entidades si algún sector la controla. Cuarto, pregunta a esa entidad, o a tu agente de aduanas, qué documento exige y en qué momento, porque algunos permisos deben estar listos antes del embarque. Quinto, suma el costo y el tiempo del trámite a tu cálculo.
Si importas sin cumplir el requisito, la mercancía no obtiene el levante, que es la autorización de la aduana para retirarla. Puede quedarse en el depósito aduanero, generar costos de almacenaje y, si es prohibida, ser incautada. Las infracciones se ven en el módulo 3 de este curso. Los requisitos técnicos de calidad de cada producto se estudian en el curso de Calidad, requisitos técnicos y agroexportación.
| Entidad | Tipo de mercancía que suele controlar | Ejemplos |
|---|---|---|
| SENASA | Plantas, animales y productos agropecuarios | Frutas frescas, semillas, aves, alimento para animales |
| DIGEMID | Medicamentos, dispositivos médicos y cosméticos | Cremas faciales, mascarillas quirúrgicas, termómetros clínicos |
| DIGESA | Alimentos y bebidas procesados | Conservas, snacks, bebidas envasadas |
| MTC | Equipos de telecomunicaciones | Routers, radios, equipos con transmisor inalámbrico |
| SUCAMEC | Armas, municiones, explosivos y pirotecnia | Fuegos artificiales, municiones |
Resultado: De tres productos, uno quedó descartado por prohibido y dos siguieron con permisos previos. El orden que evita pérdidas es: clasificar, revisar listas, consultar a la entidad, tramitar y recién pagar.
2019
La lista oficial de mercancías de importación prohibida de la SUNAT cita la Resolución Directoral N° 0091-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA, del SENASA, en varias subpartidas, desde alimentos preparados para animales hasta productos farmacéuticos. La prohibición alcanza solo a los productos que contienen colistina (polimixina E) y sus sales como principio activo. Importa porque una subpartida puede estar permitida y, aun así, un producto concreto quedar prohibido por lo que contiene.
Pide al proveedor la composición completa del producto y compárala con la base legal de la lista, no solo con el nombre de la subpartida.
Fuente: SUNAT – Lista de mercancía de importación prohibida (PDF)
2024
El Oficio Múltiple N° 00039-2024-MINAM/VMDERN/DGDB, del Ministerio del Ambiente, figura como base legal de más de veinte líneas de la lista de importación prohibida de la SUNAT. Cubren tiburón y raya vivos, frescos, congelados, ahumados, secos o salados, con sus aletas, filetes, carnes y despojos. Importa porque la prohibición no se limita al animal entero: incluye casi cualquier presentación comercial.
Si importas alimentos de origen animal, revisa todas las presentaciones (fresco, congelado, seco, ahumado) y no solo la que piensas comprar.
Fuente: SUNAT – Lista de mercancía de importación prohibida (PDF)
2014
La lista de la SUNAT recoge, con base en la Ley N° 29662 y el Decreto Supremo N° 028-2014-SA, numerosas subpartidas con amianto (asbesto) de tipo anfíbol. No son solo fibras y planchas: incluyen guarniciones y discos de frenos de amianto anfíbol de vehículos automóviles, y papel, tejidos o juntas hechos con esas mezclas. Importa porque un importador de repuestos podría ofrecer un producto prohibido sin saberlo.
Si importas repuestos, materiales de construcción o empaquetaduras, exige la ficha técnica y confirma que no contienen amianto anfíbol.
Fuente: SUNAT – Lista de mercancía de importación prohibida (PDF)
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