Inicio / Exportaciones / Módulo 3
Una exportación depende de varios actores: tu agente de aduana, el agente de carga, el transportista y el terminal. Saber qué hace cada uno y pedirle los datos a tiempo evita retrasos y cargos extra.
Objetivo: Distingue el rol del agente de aduana, del agente de carga y del terminal, y compara dos agentes de carga con su costo y su punto de equilibrio.
Exportar es un trabajo en equipo. Tú produces y vendes, pero otros mueven la carga y hacen el trámite ante la aduana. La Ley General de Aduanas (D. Leg. 1053) los agrupa como operadores intervinientes: despachadores de aduana, transportistas, agentes de carga, almacenes aduaneros, empresas de entrega rápida, entre otros. Conocer su rol te permite pedir lo correcto a la persona correcta y saber quién falló cuando algo sale mal.
El agente de aduana es una persona natural o jurídica habilitada por la aduana para tramitar ante ella a favor de terceros. En la exportación transmite la DAM, te informa el canal asignado y te acompaña si hay reconocimiento físico. Tú le das el mandato electrónico antes de la numeración. La ley también permite que el dueño despache por sí mismo, bajo las condiciones de la ley y su reglamento (por ejemplo, una garantía ante la SUNAT); por eso la mayoría de exportadores prefiere un agente. Elígelo por su experiencia con tu producto, su rapidez de respuesta y la claridad de sus tarifas.
El agente de carga internacional organiza el transporte. Según la ley, puede recibir y realizar embarques, consolidar y desconsolidar mercancías (juntar la carga de varios clientes en un contenedor y separarla en destino), actuar como operador multimodal y emitir documentos como el conocimiento de embarque y la carta de porte. Te cotiza el flete, reserva el espacio (booking) y te informa las fechas de salida. Con un Incoterm® como CFR o CIF, tú contratas el transporte principal; con FOB lo contrata tu comprador y tú coordinas con su agente.
El almacén aduanero o el terminal portuario custodia la carga antes del embarque. Cada terminal fija un cierre de recepción (cut-off): la fecha y hora límite para ingresar el contenedor. Si llegas tarde, la carga queda para el siguiente viaje. En contenedores también debes declarar el peso bruto verificado (VGM), exigido desde 2016 por el convenio SOLAS de la OMI. Pregunta a tu agente de carga el cierre exacto y cómo se programan las citas de ingreso.
Coordina con una lista simple: quién hace qué, hasta cuándo y con qué datos. Envía a todos el mismo juego de datos (descripción, pesos, volumen y valor) y confirma por escrito el cronograma y los cargos que paga cada parte según el Incoterm®. Antes de elegir un operador, pregunta si es OEA (Operador Económico Autorizado): una certificación de la SUNAT para operadores de la cadena logística que cumplen criterios de seguridad y cumplimiento. Ese programa se estudia con más detalle en el curso de Aduanas.
| Actor | Qué hace | Qué le entregas o le pides |
|---|---|---|
| Agente de aduana | Tramita la DAM ante la SUNAT en tu nombre | Mandato electrónico, factura, lista de empaque y documentos de control |
| Agente de carga internacional | Organiza el transporte, consolida y emite documentos de transporte | Datos de la carga, fecha de entrega y cotización del flete |
| Naviera, aerolínea o transportista terrestre | Transporta la carga hasta el destino | Booking confirmado y borrador del B/L o guía aérea |
| Almacén aduanero o terminal | Custodia temporal de la carga antes del embarque | Ingreso dentro del cierre de recepción, con peso y documentos |
Resultado: Alpaca Sur elige al agente A (US$ 660) por precio y frecuencia, sabe que B conviene sobre 8.67 m³ y tiene un cronograma con fechas que todos los operadores han confirmado por escrito.
2008
El Decreto Legislativo 1053, que aprobó la Ley General de Aduanas, define al despachador de aduana como la persona facultada para efectuar el despacho. Pueden serlo los dueños o consignatarios, los despachadores oficiales y los agentes de aduana, personas habilitadas por la aduana para tramitar a favor de terceros. También define al agente de carga internacional, que puede embarcar, consolidar, desconsolidar y emitir conocimientos de embarque y cartas de porte, y al almacén aduanero. En el texto publicado por el MEF, el artículo 15 agrupa a todos como operadores intervinientes.
Cada actor tiene funciones y responsabilidades distintas; antes de contratar, verifica que esté habilitado para lo que le encargas.
Fuente: MEF – Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas (texto)
18/05/2022
Un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) hace que una aduana extranjera reconozca la certificación OEA otorgada por la SUNAT. En su portal OEA, la SUNAT registra ARM con Corea del Sur (14/12/2017), la Alianza del Pacífico (21/07/2018), Estados Unidos (12/09/2018), Brasil (02/10/2020), Guatemala (01/10/2021), un ARM regional con varios países de la región (18/05/2022) y Canadá (22/06/2022), entre otros. Importa porque la seguridad de la cadena puede ser una ventaja competitiva al exportar a esos destinos.
Si exportas con frecuencia a esos destinos, evalúa certificarte como OEA o trabajar con operadores certificados.
Fuente: SUNAT – Programa OEA: Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM)
2026
En su portal de orientación aduanera (consultado en octubre de 2026), la SUNAT explica que el OEA es un operador de comercio exterior certificado tras verificar criterios y requisitos legales. Menciona a fabricantes, importadores, exportadores, despachantes de aduana y transportistas. Entre los requisitos figuran trayectoria de cumplimiento, registros que permitan la trazabilidad, solvencia financiera y un nivel de seguridad adecuado. La certificación es de vigencia indefinida mientras se mantengan las condiciones, con al menos una evaluación anual.
Antes de elegir a un operador, pregunta si es OEA y qué controles de seguridad aplica.
Fuente: SUNAT – Orientación aduanera: Operador Económico Autorizado
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