Inicio / Exportaciones / Módulo 3
Según lo que quieras hacer con la mercancía (venderla afuera, mostrarla en una feria, repararla o enviar un paquete pequeño), hay un régimen o una vía distinta. Elegir bien evita errores en la aduana y costos innecesarios.
Objetivo: Elige el régimen o la vía de exportación según si la mercancía se queda afuera o vuelve, y decide si un envío cumple los límites de Exporta Fácil.
Un régimen aduanero es el tratamiento legal que la ley da a una mercancía que entra o sale del territorio aduanero. Al exportar, la pregunta clave es: ¿la mercancía se queda afuera para siempre o va a volver? La respuesta define el régimen. Los tres principales son la exportación definitiva, la exportación temporal para reimportación en el mismo estado y la exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. El detalle legal de cada uno se ve en el curso de Aduanas: marco legal, regímenes y despacho.
La exportación definitiva es el régimen de la venta: la mercancía sale del país para uso o consumo definitivo en el exterior. Es el que viste en los temas 3-1 y 3-2, con DAM, agente de aduana y embarque. Casi todas las ventas a clientes del exterior se hacen así.
En la exportación temporal para reimportación en el mismo estado, la mercancía sale por un tiempo (por ejemplo, para una feria, como muestra o como equipo) y vuelve sin cambios. Con el Cuaderno ATA (CATA), un documento internacional, se sustituyen las formalidades de este régimen y la DAM; su vigencia llega a un año. El convenio se aprobó con la Resolución Legislativa N° 30808, publicada el 05/07/2018. En la exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, la mercancía sale para ser transformada o reparada afuera y vuelve como producto compensador; el plazo para reimportar es de 12 meses, ampliable hasta 12 más.
Exporta Fácil es una vía para envíos pequeños de micro y pequeños empresarios. La opera Serpost, el operador postal del Estado. La SUNAT fija un máximo de US$ 7,500 y 30 kg de peso, y pide RUC activo y condición de habido. Sirve para probar un mercado con poco riesgo. Si tu volumen crece, pasarás a la exportación definitiva.
Además del régimen, importa la forma de vender. En la exportación directa tú vendes al comprador del exterior y emites la factura de exportación. En la exportación indirecta le vendes a una comercializadora peruana que exporta: para ti es una venta interna con IGV, y ella se encarga del despacho. Una alternativa es agruparte con otros productores para exportar en conjunto. En la venta en consignación, el precio final se conoce después; úsala solo con socios de confianza.
| Forma | Cuándo se usa | Dato clave |
|---|---|---|
| Exportación definitiva | Venta de mercancía que se queda en el exterior | DAM tramitada por agente de aduana; es la vía más común |
| Temporal para reimportación en el mismo estado | Ferias, muestras y equipos que regresan | Debe volver sin cambios; con Cuaderno ATA, vigencia de hasta un año |
| Temporal para perfeccionamiento pasivo | Reparar o transformar la mercancía afuera | Reimportación en 12 meses, ampliable hasta 12 más |
| Exporta Fácil | Envíos pequeños de micro y pequeñas empresas | Hasta US$ 7,500 y 30 kg; por Serpost; RUC activo y habido |
| Exportación indirecta | Vender a una comercializadora peruana que exporta | Para ti es venta local con IGV |
Resultado: Cada operación tiene su régimen: Exporta Fácil para el envío chico (26 kg, US$ 1,850), exportación definitiva para el pedido grande, temporal para la feria, perfeccionamiento pasivo para la reparación y venta interna con IGV de S/ 3,600 para la comercializadora.
2026
En la página oficial de Exporta Fácil (consultada en octubre de 2026), la SUNAT lo presenta como un mecanismo promotor de exportaciones para el micro y pequeño empresario. La mercancía no puede exceder de US$ 7,500 ni de 30 kg, el operador es Serpost S.A. y quien exporta debe tener RUC activo y no estar «no hallado» o «no habido». Importa porque es una vía pensada para probar un mercado con envíos pequeños.
Si tu envío cabe en los límites, evalúa Exporta Fácil; si tu volumen crece, pasa a la exportación definitiva.
05/07/2018
El 05/07/2018 se publicó la Resolución Legislativa N° 30808, que aprobó el convenio aplicable al Cuaderno ATA (CATA) en el Perú. El procedimiento DESPA-PE.00.23 de la SUNAT indica que el CATA sustituye las formalidades de la exportación temporal para reimportación en el mismo estado y la DAM, y que la reimportación se autoriza por la vigencia del cuaderno, de hasta un año. Excluye las mercancías que vayan a ser transformadas o reparadas.
Para ferias y equipos que regresan, evalúa el Cuaderno ATA antes de viajar: te ahorra las formalidades de la exportación temporal.
2018
En su material formativo sobre procedimientos de la SUNAT, con cifras de 2018, PromPerú describe la exportación temporal para perfeccionamiento pasivo como la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas para transformarlas, elaborarlas o repararlas. Indica que la reimportación debe hacerse en doce meses, ampliables hasta doce más, y que requiere el mandato al agente de aduana y la factura comercial, entre otros documentos. Importa porque es la vía legal para reparar equipos o transformar insumos en el exterior.
Si vas a reparar o transformar mercancía afuera, anota el plazo de reimportación desde el primer día.
Fuente: PROMPERÚ – Material formativo: exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
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