Inicio / Clasificación arancelaria y valoración aduanera / Módulo 2
Seis reglas, aplicadas en estricto orden, resuelven los casos en que una mercancía calza en dos partidas, llega incompleta o mezclada, o no calza en ninguna. La Regla 1 resuelve la mayoría.
Objetivo: Aplica las Reglas Generales de Interpretación en su orden y decide cuándo una mercancía va por la Regla 2(a), por la Regla 3(a) o por el carácter esencial.
Las Reglas Generales de Interpretación (RGI) son seis reglas que forman parte del Sistema Armonizado y rigen en todo país que lo aplica. Se usan en orden: solo pasas a la siguiente cuando la anterior no resolvió. Saltarse el orden es la causa más común de clasificaciones mal sustentadas.
Regla 1. Los títulos de Secciones y Capítulos son solo referencia. Clasifican los textos de las partidas y las Notas de Sección y de Capítulo. Las Notas pueden excluir productos, definir términos o incluir artículos que el texto no nombra. La mayoría de mercancías se resuelve aquí. Regla 2(a). Un artículo incompleto o inacabado se clasifica como el artículo completo si ya tiene su carácter esencial; lo mismo vale para el artículo desmontado o sin montar, como una bicicleta presentada en piezas. Regla 2(b). Una materia incluye sus mezclas con otras; si hay más de una materia, se pasa a la Regla 3.
Regla 3. Se usa cuando, por la Regla 1 o la 2(b), la mercancía parece caber en dos o más partidas. Tiene tres escalones. 3(a): gana la partida más específica sobre la más general; si cada partida describe solo una parte de los materiales o de un surtido, se consideran igual de específicas. 3(b): se clasifica por la materia o el componente que da el carácter esencial. 3(c): si nada de lo anterior resuelve, se elige la última partida en orden numérico entre las posibles.
El carácter esencial no siempre es lo más caro. Las Notas Explicativas lo ligan a factores como la naturaleza del material, su volumen, cantidad, peso o valor, y su función en el uso del conjunto. Además, un surtido para la venta al por menor, según esas Notas, reúne al menos dos artículos de partidas distintas, juntos para cubrir una necesidad, y listos para venderse al usuario sin reempacar.
Regla 4. Si ninguna regla anterior sirve, la mercancía va en la partida de los artículos más análogos; es de uso excepcional. Regla 5. (a) Estuches para cámaras, instrumentos u otros artículos, hechos a medida, de uso prolongado y vendidos con el artículo, siguen su clasificación. (b) Los envases y materiales de embalaje del tipo habitual siguen a la mercancía, salvo que sean claramente reutilizables. Regla 6. Rige la clasificación en subpartidas: se aplican los mismos criterios, y solo se comparan subpartidas del mismo nivel.
| Regla | Cuándo la usas | Idea central |
|---|---|---|
| 1 | Siempre, primero | Mandan los textos de partida y las Notas, no los títulos |
| 2(a) | Artículo incompleto o desmontado | Se clasifica como el artículo completo |
| 2(b) | Mezclas o varias materias | Incluye mezclas; si hay duda, va a la Regla 3 |
| 3(a) | Dos o más partidas posibles | Gana la descripción más específica |
| 3(b) | 3(a) no resolvió | Carácter esencial del componente |
| 3(c) | 3(a) y 3(b) no resolvieron | La última partida en orden numérico |
| 4 | Ninguna regla sirvió | Partida de los artículos más análogos |
| 5 | Estuches y envases | Siguen a la mercancía en las condiciones de la regla |
| 6 | Bajar a subpartidas | Mismos criterios, mismo nivel |
Resultado: El kit completo se declara en la partida 19.02, por la Regla 3(b). Si los tres productos solo viajaran juntos en el contenedor, sin ser un surtido listo para vender, cada uno se clasificaría por separado.
14/06/1983
En Bruselas se firmó el Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, que reúne las Reglas Generales de Interpretación y las Notas legales como parte del sistema. Su Artículo 3(1)(a)(ii) obliga a las Partes Contratantes a aplicar las Reglas y a no modificar el alcance de las Secciones, Capítulos, partidas o subpartidas. Por eso las seis reglas son las mismas en cualquier aduana que aplique el SA, y el Arancel peruano se construye sobre esa base.
No existe una «regla peruana» distinta: tu criterio debe poder defenderse con las mismas seis reglas que usaría cualquier aduana del mundo.
Fuente: OMA – International Convention on the Harmonized Commodity Description and Coding System
29/08/2016
En Lima, la Comunidad Andina aprobó con la Decisión 812 la Nomenclatura Común NANDINA, vigente desde el 01/01/2017 y basada en la Sexta Recomendación de Enmienda del SA. Su Anexo recoge las Reglas Generales de Interpretación y las Notas Complementarias NANDINA, además de remitir a las Notas Explicativas Complementarias que aprueba la Secretaría General. La NANDINA se actualiza con cada edición del SA; la que usa hoy el Perú se apoya en el SA 2022.
Al bajar de la partida a la subpartida, revisa también las notas propias de la NANDINA, no solo las del SA.
Fuente: Comunidad Andina – Decisión 812: Aprobación de la Nomenclatura Común NANDINA
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