Inicio / Aduanas: marco legal, regímenes y despacho / Módulo 4
Al numerar la DAM, el sistema de la SUNAT le asigna un canal: verde, naranja o rojo. Cada uno define si hay revisión documentaria o reconocimiento físico antes del levante. Tú no eliges el canal, pero sí puedes prepararte.
Objetivo: Distingue los canales verde, naranja y rojo, calcula el plazo de la SERF en días calendario y estima la diferencia de tributos tras un reconocimiento físico.
El canal de control es el nivel de revisión que la SUNAT asigna a una declaración. Lo asigna el sistema con criterios de gestión de riesgo: la aduana analiza la información de la operación para decidir dónde conviene revisar. No puedes elegirlo ni pedirlo. Hay tres canales: verde, naranja y rojo. En exportación el esquema es el mismo: el verde da el levante automáticamente y el rojo implica reconocimiento físico.
En el canal verde la declaración no requiere revisión documentaria ni reconocimiento físico. Si la deuda está cancelada o garantizada y no hay medidas pendientes, el sistema da el levante, que es la autorización para disponer de la mercancía. En el canal naranja hay revisión documentaria: un funcionario revisa los documentos y los datos que transmitiste. En el canal rojo la mercancía va a reconocimiento físico: un funcionario verifica que lo que hay coincide con lo declarado.
El reconocimiento físico se pide con la Solicitud Electrónica de Reconocimiento Físico (SERF). El despachador la transmite hasta dos días calendario contados desde el día siguiente a que el depósito transmite la recepción de la mercancía. Si no lo hace, el sistema programa el reconocimiento automáticamente. El funcionario compara lo que ve con la DAM: descripción, cantidad, peso, estado y características. También puede extraer muestras para análisis. Cada intendencia coordina el trámite a su manera; en el Callao, por ejemplo, se comunicó una hora de corte para la SERF.
La tecnología reduce las aperturas. La inspección no intrusiva (INI) usa equipos de escaneo para ver el contenido de la carga sin abrirla. En el procedimiento vigente en 2026, si la INI no se realiza, el funcionario hace el reconocimiento físico de la mercancía seleccionada a canal rojo. Si no es posible hacerlo en el lugar, puede disponer su traslado a un depósito temporal o a un local designado. Desde 2021 también existe el reconocimiento físico remoto, dirigido por un funcionario con apoyo de un delegado.
El resultado del control queda en la declaración. Si el funcionario encuentra diferencias, el despachador rectifica la DAM, paga la diferencia de tributos y puede haber una multa (tema 4-4). Si todo coincide, el sistema otorga el levante cuando se cumplen los requisitos. Un canal verde no te libra de nada: la aduana puede revisar la operación después del levante, dentro de los plazos legales.
| Canal | Qué significa | Qué debe hacer el despachador | Cuándo se da el levante |
|---|---|---|---|
| Verde | Sin revisión documentaria ni reconocimiento físico | Pagar o garantizar la deuda y cumplir los requisitos del levante | Cuando se cumplen los requisitos, el sistema lo otorga |
| Naranja | Revisión documentaria de los documentos y datos transmitidos | Tener los documentos completos y atender lo que pida el funcionario | Después de la revisión documentaria y de cumplir los requisitos |
| Rojo | Reconocimiento físico de la mercancía (o inspección no intrusiva) | Transmitir la SERF hasta en 2 días calendario y coordinar con el depósito | Después del reconocimiento y de cumplir los requisitos |
Resultado: El canal rojo no impidió el levante porque la empresa transmitió la SERF a tiempo, coordinó con el depósito y corrigió la diferencia. El costo adicional fue de US$ 60.41 en tributos, más la percepción y una posible multa.
19/04/2021
La Resolución de Superintendencia 053-2021/SUNAT, publicada el 19/04/2021 y vigente desde el 20/04/2021, modificó el procedimiento DESPA-PE.00.03 de reconocimiento físico y extracción y análisis de muestras. Incorporó el reconocimiento físico remoto, dirigido por el funcionario con apoyo de un delegado, y exigió al almacén aduanero brindar logística y filmar la zona. También redujo de tres a dos las oportunidades fallidas imputables al despachador que llevan al reconocimiento de oficio.
Llega preparado a la cita del reconocimiento: después de dos intentos fallidos por causa del despachador, la aduana puede hacerlo de oficio.
Fuente: SUNAT – Control de cambios del procedimiento DESPA-PE.00.03 Reconocimiento físico, RS 053-2021/SUNAT
17/02/2023
El 17/02/2023, la Intendencia de Aduana Marítima del Callao comunicó cómo coordinar el reconocimiento físico en la importación para el consumo. La Solicitud Electrónica de Reconocimiento Físico debía transmitirse antes de las 4:00 pm, de lunes a viernes, y antes había que confirmar la llegada de la carga al depósito temporal o terminal y coordinar su movilización y los medios de manipuleo. Los casos excepcionales se tramitaban por correo antes de esa hora.
La hora de corte y la coordinación con el depósito forman parte del plazo real: pide a tu agente la regla vigente de la intendencia por donde pasa tu carga.
27/05/2026
La Resolución de Superintendencia 000101-2026/SUNAT, del 27/05/2026 y vigente desde el 04/08/2026, modificó el procedimiento de inspección no intrusiva de mercancía (CONTROL-PE.00.10) y el de exportación definitiva (DESPA-PG.02). Incluyó a la Intendencia de Aduana de Chancay en las salidas y definió el escaneo fallido. Si no se realiza la inspección no intrusiva, el funcionario hace el reconocimiento físico de la mercancía seleccionada a canal rojo; si no es posible, puede disponer su traslado a un depósito temporal o a un local designado.
El escáner no reemplaza al reconocimiento: si no se puede escanear, la carga de canal rojo se revisa físicamente.
Fuente: SUNAT – Resolución de Superintendencia 000101-2026/SUNAT
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